sábado, 5 de mayo de 2012

Gestión de Gobierno, QUE ES ESO?





En este video de Telefé noticias, se puede apreciar al Ministro de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires, quejándose indignado, como si fuese un vecino cualquiera, del comportamiento de los conductores de camiones que transportan volquetes, que arrojan sus descargas en la calle Varela, cerca del estadio de San Lorenzo de Almagro.


Me parece oportuno recordar que según la Ley de Presupuesto 2012 de la Ciudad, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público tiene asignados $ 3.535.793.893 para desarrollar la tareas asignadas y que según la Ley de Ministerios sancionada por el gobierno de la CABA, el ministro tiene las siguientes funciones:



LEY N° 2.506
Se sanciona la Ley de Ministerios del G.C.A.B.A.        Buenos Aires, 8 de noviembre de 2007.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley:

Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
...............................................................................
Capítulo X
Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Artículo 24 - Comprende al Ministerio de Ambiente y Espacio Público asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus competencias, de acuerdo a los objetivos que se enuncian a continuación:

1 - Diseñar e implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público.

2 - Planificar y administrar políticas de protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito que garanticen su uso común.

3 - Diseñar e implementar políticas destinadas a la puesta en valor del espacio público.

4 - Entender en el mantenimiento y conservación de los bienes afectados al dominio público y privado de la Ciudad de Buenos Aires.

5 - Implementar acciones para la ubicación, mantenimiento y preservación de monumentos y obras de arte en los espacios públicos.

6 - Planificar y administrar programas y proyectos destinados al mantenimiento, limpieza y renovación edilicia.

7 - Diseñar e instrumentar las políticas para los espacios verdes y arboleda urbana de alineación.

8 - Entender en el ordenamiento del espacio público en coordinación con el Ministerio de Justicia y Seguridad.

9 - Diseñar, controlar y fiscalizar las políticas de planeamiento, gestión y evaluación del ambiente urbano, en correspondencia con las establecidas en el orden nacional y Área Metropolitana.

10 - Regular y controlar los servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación y disposición de los residuos.

11 - Diseñar e implementar políticas de preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, los parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su diversidad biológica.

12 - Planificar, controlar, fiscalizar e instrumentar las políticas destinadas a mejorar la calidad ambiental, visual y sonora.

13 - Diseñar e implementar las políticas relativas al mobiliario urbano.

14 - Promover políticas de educación ambiental en todas las modalidades y niveles.

15 - Actuar como autoridad de aplicación de las leyes relacionadas con la materia ambiental.

16 - Designar al representante que integrará la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental creada por la Ley N° 123 de Impacto Ambiental.

Artículo 25 - Las funciones enunciadas deberán ejercerse con arreglo a lo dispuesto por la Ley de Comunas y en coordinación con las mismas en los temas de su competencia.

Cuando uno observa el video se encuentra con que la medida mas importante del Ministro ha sido ir a quejarse al juez nacional que entiende en la causa de la cuenca Matanza-Riachuelo, ya que la zona está dentro de dicha cuenca.


Pretenderá que el gobierno nacional se involucre en el tema?

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