viernes, 28 de septiembre de 2012

Preguntador en Harvard


La persona indicada en la imágen se presentó en Harvard ante nuestra Presidente, como Juan Ignacio Maquieyra, estudiante de la provincia de La Pampa.

Hurgando en los Boletines Oficiales de la Ciudad de Buenos Aires, se puede leer lo siguiente en el Boletín Nº 3862 del 29/02/2012:


RESOLUCIÓN N.º 917/MEGC/12                                        Buenos Aires, 8 de febrero de 2012
VISTO:
El Expediente Nº 174349/2012, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que entre otras medidas, el Artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;
Que según surge de los presentes actuados, la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Educación, solicita el cese a partir del 31 de diciembre de 2011, del Licenciado Juan Ignacio Maquieyra, D.N.I. 32.863.765, CUIL. 20-32863765-1, como Personal de su Planta de Gabinete;
Que por otra parte el precitado Ministerio, propicia la designación, a partir del 1 de enero de 2012, del nombrado como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General Carrera Docente;
Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorias, y no encontrándose inconvenientes para proceder a la designación que nos ocupa;
Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.

Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1, del Decreto Nº 638/2007,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Articulo1º.-Cese a partir del 31 de diciembre de 2011, el Licenciado Juan Ignacio Maquieyra, D.N.I. 32.863.765, CUIL. 20-32863765-1, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Educación, cuya designación fuera dispuesta por Resolución Nº 9186/MEGC/2011.

Articulo 2º.-Desígnase a partir del 1 de enero de 2012, al Licenciado Juan Ignacio Maquieyra, D.N.I. 32.863.765, CUIL. 20-32863765-1, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General Carrera Docente, del Ministerio de Educación, con 8500 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el Artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.

Articulo3º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de
Normas y Oficios, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bullrich

Como no hay constancias en ningún otro Boletín Oficial, acerca del cese de dicha designación, es de suponer que esta persona está prestando servicios en el Ministerio de Educación de la CABA con una retribución de, al menos, $ 8.500.- mensuales.

La Dirección General de Carrera Docente donde ha sido designado tiene como funciones:


DIRECCIÓN GENERAL CARRERA DOCENTE
Descripción de Responsabilidades Primarias
Supervisar el accionar y desarrollo de las áreas y procesos encargados de la cobertura de cargos docentes en todos sus niveles.
Generar e implementar propuestas destinadas a la mejora en la gestión de coberturas de los cargos docentes y el servicio brindado a los mismos.
Gestionar todos los trámites de su competencia provenientes de otros organismos, personas físicas o áreas internas del Ministerio.
Planificar y coordinar en forma conjunta con la Dirección General Personal Docente y no
Docente, el cronograma de concursos docentes en todos sus niveles.
Planificar las acciones de capacitación y asesoramiento sobre el Estatuto del Docente,
dirigidas a los todos los organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Pareciera que entre sus tareas no está la de hacerle preguntas a nuestra Presidente en un país extranjero, seguramente con el viaje y viáticos pagados por los contribuyentes de la Ciudad.
O acaso será un militante político rentado al que se lo designa en algún lugar para que pueda cobrar?
Del Ministerio de Educación también cobraba Ciro James.
Se ve que al Ministro Bullrrich se le está escapando algo.

El video completo de la charla en Harvard aquí.

Según me indica un lector cada unidad retributiva equivale a $ 1,65, de donde este señor percibe como remuneración $ 14.025.-



http://www.lagaceta.com.ar/nota/512869/politica/video-completo-conferencia-cristina-harvard.html

domingo, 16 de septiembre de 2012

Análisis de cacerolas

Me pareció muy lúcido un análisis del caceroleo del jueves pasado que quiero compartir.

http://mendietaelrenegau.blogspot.com.ar/2012/09/un-poco-de-antipopulismo-por-el-amor-de.html


domingo, 9 de septiembre de 2012

8 de diciembre

Diario Clarín
El 22 de mayo de 2012 la Corte Suprema de Justicia se pronunció respecto de la medida cautelar que inhibe la aplicación del art. 161 de la Ley de Medios, y estableció que la misma caduca el 7 de diciembre próximo.

La Corte dijo (las negritas son nuestras):

"Por todo lo expuesto, y oído el señor Procurador General de la Nación, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario federal y se confirma la sentencia apelada en cuanto rechazó el pedido de levantamiento de la medida cautelar y fijo su plazo de vigencia en 36 meses, y se la revoca en lo relativo al momento desde el cual dicho plazo debe computarse, el que debe tenerse por iniciado el 7 de diciembre de 2009.
  
En consecuencia, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la Ley 26.522 y se aplica a la actora.  
De ahí que estando su plazo para adecuarse a las disposiciones de la Ley vencido el 28 de diciembre de 2011, sea plenamente aplicable a la actora con todos sus efectos a partir de la fecha indicada.  
Costas por su orden en atención a la naturaleza y novedad de la cuestión planteada. Notifíquese y oportunamente, devuélvase."

Para mejor comprensión transcribimos:


Ley 26522-Artículo 161. Adecuación. Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición. Vencido dicho plazo serán aplicables las medidas que al incumplimiento —en cada caso— correspondiesen.
Al solo efecto de la adecuación prevista en este artículo, se permitirá la transferencia de licencias. Será aplicable lo dispuesto por el último párrafo del artículo 41.
Artículo 45. — Multiplicidad de licencias. A fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias.
En tal sentido, una persona de existencia visible o ideal podrá ser titular o tener participación en sociedades titulares de licencias de servicios de radiodifusión, sujeto a los siguientes límites:
1. En el orden nacional:
a) Una (1) licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital. La titularidad de una licencia de servicios de comunicación audiovisual satelital por suscripción excluye la posibilidad de ser titular de cualquier otro tipo de licencias de servicios de comunicación audiovisual;
b) Hasta diez (10) licencias de servicios de comunicación audiovisual más la titularidad del registro de una señal de contenidos, cuando se trate de servicios de radiodifusión sonora, de radiodifusión televisiva abierta y de radiodifusión televisiva por suscripción con uso de espectro radioeléctrico.
Visto lo anterior, el 8 de diciembre serán aplicables las sanciones que prevee la Ley, a todos aquellos que tengan mas licencias de las permitidas, incluido el Grupo Clarín.
Muchos creen que a partir del 8 de diciembre cambiará en forma drástica el panorama de los medios masivos de comunicación.
Me permito ser escéptico, creo que a partir de dicha fecha existirá la posibilidad de que las cosas comiencen a cambiar un poco.
De aquí a diciembre viviremos meses intensos en la batalla "por el relato" y seguramente llegaremos a la fecha límite sin que el Grupo Clarin haya transferido o devuelto una sola licencia de las que posee en exceso, dejando la iniciativa del lado del Gobierno.
Esperemos que durante todo este tiempo transcurrido, los responsables del tema en el Gobierno hayan diseñado una buena estrategia para la aplicación de la Ley.